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Lanzarote y La Graciosa vuelven al nivel 2

SAE Lanzarote • 22 de julio de 2021
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Las medidas relacionadas con el nivel 2 entran en vigor desde la medianoche del día 22 de julio hasta el día 5 de agosto.

Lanzarote y La Graciosa, pasan de nivel 1 a nivel de alerta 2, desde las 00 horas del día 22 de julio 2021, lo que significa que se endurecen algunas restricciones que afectan directamente a comercios y otras actividades empresariales.


A continuación un resumen de las restricciones, que sufren cambios y afectan a la actividad empresarial.

Tabla de medidas - Semáforo


  • Actividades, servicios y establecimientos: limitación de horarios
  • Cierre total entre las 00:00 h y las 06:00 horas.
  • Excepciones a esta limitación horaria, contenidas en el apartado 1.6.2


  • En el ámbito laboral, se permite el uso de zonas comunes respetando un aforo máximo del 50% (aseos, office, salas de reuniones, recepción, vías de acceso, etc).


  • Eventos multitudinarios: de carácter ocasional, esporádico o no programado a los que concurran más de más de 10 personas.
  • Estos eventos no podrán celebrarse en territorios que se encuentren en estos niveles de alerta.
  • En el caso de que el evento haya sido autorizado con anterioridad a la entrada en uno de estos dos niveles de alerta, la autorización decaerá quedando sin efecto.
  • Contarán con autorización expresa de la Dirección del Servicio Canario de la Salud, conforme lo establecido en el apartado 2.1.11


  • En hostelería y restauración:
  • Terrazas al aire libre, aforo al 75%. Comensales por mesa: 6
  • En el interior 50% del aforo. Comensales por mesa: 4
  • Consumo en barra: grupos de máx. 2 personas y espacios señalizados.
  • Bufé y autoservicio en interior prohibido. Permitido al aire libre.
  • Cierre completo del establecimiento y servicio de recogida en el propio local, antes de las 00:00 horas.


  • Establecimientos turísticos de alojamiento
  • Zonas comunes interiores sin consumo de alimentos, aforo del 50% en grupos de máximo 6 personas.
  • Zonas comunes interiores con consumo de alimentos, bares y restaurantes, igual que en hostelería y restauración pero se permite el bufé asistido en exterior e interior.


  • En actividades de guía turístico y turismo activo, máximo de 30 personas, en grupos de 6 personas.


  • En establecimientos comerciales y servicios profesionales. se aumenta el aforo al 33% en el interior de los locales y comercios minoristas.


  • Se mantiene, al 33% el aforo en zonas comunes de centros y parques comerciales. 


  • En museos, salas de exposiciones, monumentos y otros equipamientos culturales, el aforo máximo pasa al 50%.


  • Actividad física y deportiva NO FEDERADA en ZONAS INTERIORES de instalaciones y centros deportivos:
  • No se superará el 50% del aforo en cada uno de los espacios y centros deportivos.
  • En actividades colectivas en las que no sea posible mantener la distancia de 2 metros permanentemente, se permiten grupos de 6 personas como máximo incluido el monitor, con uso de mascarilla obligatorio.
  • Se garantizará la distancia de seguridad de 2 metros entre los distintos grupos en todo momento.


  • Los establecimientos y locales de juego y apuestas:
  • Aforo 50%
  • El servicio de comida o bebida debe realizarse cumpliendo medidas de hostelería y restauración.
  • Mesas con ocupación máxima de 6 personas garantizándose la distancia de 2 metros entre sillas de diferentes mesas.


  • Se permiten las catas populares en espacios abiertos con un aforo del 75% y en grupos de máximo 6 personas.


  • Los mercadillos de celebración periódica, se aumenta el aforo al 75% al aire libre y al 50% en interior.


  • Academias, autoescuelas, centros de enseñanza no reglada y centros de formación, amplían su aforo hasta el 50%.


  • Ya se pueden celebrar congresos, encuentros, reuniones o juntas de negocio y similares:
  • Aforo 50%
  • Máximo 30 personas
  • Sujetos a autorización previa


  • Piscinas de uso colectivo, spas
  • Aforo 50%
  • En grupos de máximo 6 personas 


  • Embarcaciones de recreo, ocio y esparcimiento con actividad económica. 
  • Aforo 75%
  • 6 personas por grupo
  • El servicio de comida o bebida debe realizarse al aire libre, sentado y cumpliendo medidas de hostelería, en exterior.


  • Ocio nocturno: discotecas, bares de copas y karaokes: permanecerán cerrados.



Para ampliar información y ver en detalle las restricciones, deben consultar la información del Gobierno de Canarias que pueden encontrar en los siguientes enlaces:


TABLA DE LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN PARA HACER FRENTE AL COVID-19 EN CANARIAS. 


SEMÁFORO DEL CORONAVIRUS DEL GOBIERNO DE CANARIAS - NIVEL DE ALERTA POR ISLAS


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