Convocatoria Conecta del programa Empleaverde
SAE Lanzarote • 12 de febrero de 2020
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Para entidades con proyectos dirigidos a personas emprendedoras con el objetivo de conectar a emprendedores españoles con otras experiencias y actores europeos
Para entidades con proyectos dirigidos a personas emprendedoras con el objetivo de conectar a emprendedores españoles con otras experiencias y actores europeosPlazo abierto hasta el 28 de febrero de 2020

Este Programa busca impulsar la sostenibilidad de las actividades económicas en todos los sectores, promoviendo la transición justa hacia una economía baja en carbono y circular, integrando la biodiversidad en la gestión y procesos empresariales y haciendo un uso más eficiente de los recursos naturales, constituyendo un motor de crecimiento económico sostenible y de progreso social.
Los proyectos podrán versar (a modo de ejemplo), Acuicultura y pesca sostenibles. Agricultura y ganadería sostenibles. Ahorro y eficiencia energética. Compras y comercialización verde. Ecodiseño. Elaboración, distribución y/o venta de productos ecológicos. Energías renovables. Gestión eficiente del agua. Gestión forestal sostenible. Gestión, mejora ambiental y eco-innovación en la industria o empresa. Lucha contra el despoblamiento de zonas rurales. Reconversión industrial a actividades ambientalmente sostenibles. Reactivación económica y desarrollo alternativo de las comarcas basadas en sectores económicos en regresión. Reducción, reutilización y reciclaje de residuos. Rehabilitación y edificación sostenible. Transporte y movilidad sostenible. Turismo sostenible.
Solicitudes.
Solo se podrá presentar un proyecto por entidad solicitante.
Los proyectos podrán desarrollar las siguientes acciones:
i. Cursos de formación.ii. Estancias formativas.iii. Asesoramientos.iv. Encuentros.v. Acciones de innovación social.
Los proyectos deberán contener, como mínimo, un curso de formación o una estancia formativa. Asimismo, deberá desarrollarse, como mínimo, una acción presencial en un Estado miembro diferente de España.
i.- Cursos de formación.
Formación para la adquisición de las competencias emprendedoras necesarias para la puesta en marcha y consolidación de iniciativas empresariales verdes.
Entre el personal formador podrán incluirse emprendedores/as de otros Estados miembros con iniciativas empresariales consolidadas, favoreciendo así el intercambio de experiencias y conocimiento las personas emprendedoras que reciben la formación.
Los cursos de formación podrán ser:
- Presenciales.
- A distancia.
- Mixtos: al menos el 10% de las horas planteadas de la acción deberán ser presenciales.
Para el desarrollo de los cursos de formación, se podrán elaborar productos formativos en papel o formato electrónico.
ii.- Estancias formativas.
Visitas y estancias para el intercambio de conocimientos técnicos, experiencias, ideas novedosas y talento con empresas, mentores/as especializados/as y agentes clave del ecosistema emprendedor verde de otros Estados miembros que contribuyan a mejorar las competencias para la puesta en marcha y consolidación de iniciativas empresariales.
Podrán incluir visitas a iniciativas verdes o azules consolidadas, asistencia a ferias o encuentros en las que participen empresas de referencia del sector, estancias en pre-incubadoras, incubadoras y aceleradoras con servicios de apoyo y, en general, cualquier otra que contribuya al objetivo mencionado.
iii.- Asesoramientos.
Acciones dirigidas a prestar ayuda personalizada y especializada a personas emprendedoras para la puesta en marcha y consolidación de empresas verdes.
Los asesoramientos podrán ser de tres tipos:
- Presenciales.
- A distancia.
- Mixtos: al menos el 10% de las horas planteadas de la acción deberán ser presenciales.
Para el desarrollo de la modalidad on-line en el asesoramiento mixto o a distancia, se podrá utilizar una plataforma e-learning.
iv.- Encuentros.
Eventos presenciales de aprendizaje dirigidos a fomentar la transmisión de conocimientos, la puesta en común de experiencias y la canalización de la inversión entre personas emprendedoras, expertos/as sectoriales e inversores/as de los Estados miembros participantes en el proyecto.
v.- Acciones de innovación social.
Acciones que experimenten y ensayen soluciones innovadoras para mejorar las competencias de personas emprendedoras mediante el aprendizaje mutuo con otros actores de la Unión Europea.
Personas destinatarias de las acciones de los proyectos.
Todas y cada una de las acciones que integran los proyectos deberán ir dirigidas a personas emprendedoras:
- Personas desempleadas debidamente inscritas como demandantes de empleo en el servicio público de empleo correspondiente y con espíritu empresarial.
- Personas trabajadoras (por cuenta ajena o propia) que quieran poner en marcha una nueva iniciativa empresarial.
No serán elegibles, en ningún caso, los/as trabajadores/as de la entidad beneficiaria como destinatarios/as del proyecto. Para determinar el número de personas destinatarias del proyecto, deberá tenerse en cuenta que cada una se contabilizará una única vez con independencia del número de acciones en las que participe.
Colectivos prioritarios.
Entre las personas destinatarias del proyecto, se prestará especial atención a los siguientes colectivos prioritarios.
- Mujeres.
- Otros colectivos prioritarios:
- Jóvenes hasta 35 años.
- Mayores de 45 años.
- Personasinmigrantes.
- Personas con discapacidad.
- Personas residentes en áreas protegidas y/o zonas rurales.
Ámbito, co-financiación e importe de los proyectos.
El ámbito de intervención de la convocatoria se extiende a todo el territorio nacional. Los proyectos se desarrollarán, como mínimo, en dos comunidades y/o ciudades autónomas y, además, deberán ejecutar, al menos, una acción en otro Estado miembro de la Unión Europea.
De cara a determinar el porcentaje de cofinanciación del FSE a cada proyecto, la entidad solicitante deberá recoger en la memoria económica el importe y porcentaje del coste total a ejecutar en las comunidades y/o ciudades autónomas donde se vaya a desarrollar el proyecto.
La entidad beneficiaria deberá asumir, expresamente, la obligación de cofinanciar el porcentaje no financiado por el FSE.
Importe de los proyectos.
El importe mínimo solicitado por proyecto será de 100.000 € y el máximo de 300.000 €. Este importe incluye tanto la cofinanciación del FSE como la financiación de la entidad beneficiaria y, en su caso, la de las entidades colaboradoras.
Por otra parte, si el importe solicitado por una entidad con ánimo de lucro resulta finalmente inferior a 100.000 € tras la comprobación del cumplimiento del régimen de mínimis, dicha solicitud no será admitida.
Anticipos a cuenta.
Se podrá conceder un anticipo de la subvención del proyecto previa petición del/la representante legal de la entidad beneficiaria y justificación de la necesidad del mismo. El anticipo podrá solicitarse desde la fecha de la resolución de la convocatoria y dentro de los tres primeros meses de ejecución del proyecto.
El importe máximo a conceder en concepto de anticipo será el 20% del total del importe cofinanciado por el FSE.
En el caso de que se solicite este anticipo, el beneficiario queda obligado a constituir un aval bancario a favor de la FB, de duración indefinida y por el importe solicitado.
Duración de los proyectos.
Los proyectos tendrán una duración máxima de 7 meses. Los proyectos aprobados comenzarán su ejecución entre la fecha de la resolución de la convocatoria y no más tarde de la fecha de la firma del DECA.
Requisitos para ser entidad beneficiaria.
Los solicitantes serán personas jurídicas públicas o privadas (en adelante entidades), con o sin ánimo de lucro, que estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con personalidad jurídica propia y que tengan sede en España.
Entidades colaboradoras, si lo estima conveniente, la entidad beneficiaria podrá contar con la participación de una o varias entidades colaboradoras, entidades públicas o privadas con o sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia. Cada entidad colaboradora deberá asumir la obligación de cofinanciar, como mínimo, un 2% del coste total del proyecto.
Entidades socias
es indispensable contar, como mínimo, con una entidad socia que tenga sede en otro Estado miembro de la Unión Europea. Esta entidad socia facilitará el cumplimiento de los objetivos del proyecto y la ejecución de las acciones que se realicen en dicho Estado miembro.
Información y comunicación.
La entidad beneficiaria deberá realizar las siguientes acciones obligatorias:
- Elaboración de, al menos, una nota de prensa del proyecto.
- Publicidad del proyecto en la página web de la entidad, si dispone de ella.
- Difusión del proyecto a través de medios o eventos de alcance nacional.
Accesibilidad de la información y publicidad:
Los materiales deberán ser accesibles a personas con discapacidad, empleándose subtítulos en los audiovisuales que se elaboren, adaptando los productos digitales a los distintos tamaños de pantalla, para que se pueda leer el contenido con independencia del dispositivo que se elija o que se necesite utilizar.
El importe de estas actuaciones se ubicará en la partida de información y comunicación del proyecto, no pudiendo superar ésta el 15% del coste total del proyecto.
Minoraciones.
La FB comprobará en el momento de la justificación que la entidad beneficiaria ha alcanzado el número de personas destinatarias finales elegibles del proyecto previsto y que ha alcanzado los porcentajes de colectivos prioritarios a los que se comprometió en su proyecto.
En primer lugar se realizará la minoración según número de personas destinatarias finales elegibles.
A continuación se procederá a realizar la minoración por colectivos prioritarios.
Seguimiento y control de la subvención.
La FB nombrará a una persona responsable que será la encargada del seguimiento del proyecto junto con la persona designada por la entidad beneficiaria como responsable del mismo.
La FB ha establecido procedimientos de seguimiento de los proyectos aprobados con el objeto de conocer el estado de ejecución de los mismos.
La FB efectuará a las entidades beneficiarias cuantas inspecciones entienda necesarias, con objeto de comprobar tanto la realidad y correcta ejecución de las acciones, como el grado de satisfacción de las personas destinatarias.
Ejecución económica - Gastos susceptibles de financiación.
Gastos elegibles.-
1. Gastos de personal:
a.) El 100% del coste laboral del personal contratado exclusiva y específicamente para la ejecución de las actividades del proyecto.b.) El coste del personal propio de la entidad beneficiaria que esté adscrito al proyecto realizando alguna de sus tareas será financiable hasta el límite máximo del 85%.
A estos efectos, no se deben computar las situaciones con derecho a retribución en las que no se presta servicio efectivo, como las ausencias o las incapacidades temporales.
Gastos indirectos.
Gastos corrientes de la entidad beneficiaria generados por la ejecución del proyecto, normalmente comunes a los diferentes servicios o actividades que ofrecen las entidades. Únicamente se considerarán elegibles los gastos relativos a:
1. Suministros de agua, electricidad, calefacción y limpieza.2. Correo, teléfono e internet.3. Material de oficina.4. Gastos de alquiler de locales.
Subcontrataciones.
Todas aquellas subcontrataciones y contrataciones externas que realice la entidad beneficiaria para la realización de la actividad subvencionada no podrán superar el 50% del presupuesto total del proyecto, incluyendo los gastos de amortización de instalaciones y material inventariable y los gastos de publicidad.
Será gasto elegible el IRPF de las personas contratadas externamente, asumido por la entidad.
Serán financiables los gastos de desplazamiento y dietas de personal involucrado en las actividades objeto de la subvención siempre que éstos estén directamente vinculados al proyecto, se identifique la actividad por la que han sido generados y la persona que ha incurrido en el gasto.
En el caso de acciones ejecutadas en otros Estados miembro, serán elegibles los gastos de los destinatarios/as relativos a locomoción y estancia siendo de aplicación los requisitos y límites mencionados anteriormente.
Justificación técnica y económica.
La entidad beneficiaria tendrá un plazo de 2 meses desde la finalización del proyecto para presentar la documentación relativa a la justificación del mismo.
Presentación, evaluación y selección de propuestas.
La presentación de proyectos se realizará a través de la página web de la FB (www.fundacionbiodiversidad.es) de forma telemática por parte de la entidad solicitante, a través de los formularios habilitados al efecto, asignándose un código de registro que incluye la fecha y hora de recepción de la solicitud.
La Dirección de la FB emitirá resolución con los proyectos beneficiarios de la subvención, y en su caso, la fecha de inicio de los proyectos.
El plazo máximo para resolver y notificar esta resolución no podrá exceder de seis meses a partir de la fecha de cierre de recepción de solicitudes.
El plazo de resolución podrá ser prorrogado o suspendido por falta de disponibilidad de los fondos correspondientes y será comunicado a través de la página web de la FB.
Huella de carbono de los proyectos.
Las entidades beneficiarias deberán realizar un seguimiento de la huella de carbono derivada de las actividades ejecutadas en el marco del proyecto, para lo que se solicitarán los datos necesarios para su cálculo.

La Consejería de Turismo y Empleo, a través del Servicio Canario de Empleo, ha publicado en el BOC nº 60, con fecha de 26 de marzo de 2025, la convocatoria de subvenciones para la promoción del empleo autónomo 2025 Le ofrecemos un resumen con los aspectos más relevantes de la subvención pero le recomendamos leer detenidamente las bases reguladoras , con el fin de valorar todos los detalles. El objetivo de estas subvenciones, del Servicio Canario de Empleo, es facilitar a las personas desempleadas demandantes de empleo su constitución como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia. ¿Quién se puede beneficiar de estas subvenciones? Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en este programa las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo u otros servicios, no ocupadas, en el SCE, cuando se establezcan como trabajadoras autónomas o por cuenta propia en la Comunidad Autónoma de Canarias y se hayan dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (en adelante RETA), en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar por Cuenta Propia o Autónomos, en el régimen especial que corresponda o en la Mutualidad del colegio profesional. La cuantía de la subvención , hasta un máximo de 6.500,00 euros, se graduará en función de la dificultad para el acceso al mercado de trabajo de la persona solicitante, de acuerdo con su inclusión en alguno de los siguientes colectivos: 1º Hombres desempleados en general 4.000,00 2º Hombre de 30 o menos años 4.500,00 3º Hombre con discapacidad 5.000,00 4º Hombre de 45 o más años 4.500,00 5º Mujeres desempleadas en general 5.000,00 6º Mujer de 30 o menos años 5.500,00 7º Mujer con discapacidad 6.000,00 8º Mujer de 45 o más años 5.500,00 Estas subvenciones son compatibles entre si y con el pago único. En este enlace, toda la información sobre el pago único y sobre cómo solicitarlo: https://www.sepe.es/HomeSepe/autonomos/prestaciones-para-emprendedores-y-autonomos/capitaliza-tu-prestacion.html - - - Extracto de la Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Presidenta, por la que se efectúa para el año 2025 la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la promoción del empleo autónomo en régimen de concurrencia no competitiva, reguladas mediante Orden de 27 de enero de 2025. ORDEN de 27 de enero de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a la promoción del empleo autónomo, en régimen de concurrencia no competitiva.

Nuestro equipo, encargado de asesorar a las empresas de Lanzarote y La Graciosa, ha creado una guía para personas trabajadoras autónomas con las claves del año 2025. En la guía encontrarás toda la información organizada en varios apartados: Cuota: tarifa plana Prestaciones Impuestos en Canarias IGIC IRPF Ayudas y subvenciones Puedes descargar la guía en formato PDF Recuerda que este documento es sólo informativo y carece de validez legal

La Confederación Empresarial de Lanzarote (CEL) ha anunciado que ya se encuentra en una fase muy avanzada el borrador con el Cabildo, que permitirá agilizar la concesión de visados y permisos para el sector de la construcción de la isla, con el objetivo de desbloquear proyectos de vivienda esenciales para atender la creciente demanda habitacional Su presidenta, Beatriz Salazar ha hecho esta afirmación tras una reunión en la sede de la Corporación insular, en la que ha participado el presidente del Cabildo, Oswaldo Bethencourt; la presidenta de la CEL, Beatriz Salazar; el consejero de Presidencia, Miguel Ángel Jiménez; el abogado urbanista de la CEL, Jesús Villodre, el decano del Colegio Oficial de Arquitectos de Lanzarote, Aberto Lasso, junto al técnico de la Confederación Vicente Stinga. Se espera tener una última reunión en las primeras semanas del mes de abril, en la que se consensuarán definitivamente las bases del acuerdo y sus diferentes aplicaciones, que cristalizará en el modelo de colaboración público-privada que defiende la CEL. Beatriz Salazar explica que “la solución propuesta consiste en la firma de un acuerdo que permita encomendar la tramitación de estos visados, reduciéndose los tiempos”. "Lanzarote necesita procesos más ágiles y eficientes que permitan responder con rapidez a la demanda de vivienda", confirma. La presidenta alerta de que los retrasos en la concesión de permisos y visados hace que cuando estos son concedidos ya se hayan encarecido los costes de producción, además de ralentizar la creación de empleo en la construcción. “Nuestra propuesta facilita una revisión técnica más ágil, manteniendo todas las garantías legales y de seguridad”, afirma Beatriz Salazar. "Es fundamental que las administraciones y los colegios profesionales trabajen de la mano para garantizar el derecho a la vivienda y fomentar el empleo en el sector", finalizó. Esta iniciativa va en la línea de la estrategia que ha iniciado el Gobierno de Canarias, al llevar a cabo la tramitación de un decreto ley de simplificación administrativa con el objetivo de reducir los plazos de la tramitación de las licencias de obras. Se espera que se apruebe en las próximas sesiones del Parlamento de Canarias.

La presidenta de la Confederación Empresarial de Lanzarote (CEL), Beatriz Salazar, ha pedido este lunes que el Gobierno de España y a los sindicatos reconsideren establecer un diálogo social con todos los agentes implicados en el mercado de trabajo para contemplar la adaptación de la reducción de la jornada laboral en función de las características de cada sector económico y cada territorio, “porque de lo contrario puede producirse la destrucción de empleo en la isla y en Canarias”. Salazar asegura que esta disminución “debe atender a las particularidades de cada una de las ramas de actividad”. Además, recordó que más del 95% de las empresas del archipiélago son autónomos y pymes y micropymes, con un número reducido de trabajadores. “Por ello, es necesario un estudio y análisis del contexto económico y territorial, ya que esta medida impactará especialmente al sector de la hostelería, el comercio y el turismo”, señaló. No obstante, incidió en formular medidas de apoyo para evitar generar “más pérdidas que beneficios” en las empresas de Canarias. Para Salazar, “ya existen otros factores que generan sobrecostes sobre nuestras empresas, derivados de su condición de ultraperificidad y fragmentación del territorio”, como es el caso del transporte, la importación de las materias primas, subida de la electricidad, subida de los alquileres o la dificultad para encontrar personal cualificado. En esta línea argumentó que la falta de perfiles profesionales adecuados y el absentismo laboral que ronda el 20% son dos de los factores que están haciendo que Canarias esté a la cola de la productividad de Europa. “En concreto, los niveles de absentismo se han duplicado en comparación con 2019”, afirmó Beatriz Salazar. Añadió que “la reducción de la jornada laboral de 40 a 37,5 horas semanales obligará a parte de las pequeñas empresas canarias a cerrar, ya que tendrán grandes dificultades para poder asumir el incremento del coste de funcionamiento”, sostuvo. En esta línea, Beatriz Salazar aseguró que la situación es preocupante, pues “pone en riesgo la estabilidad de los negocios y la creación de nuevas empresas y puestos de trabajo". También debemos mencionar las dificultades a la hora de encontrar personal cualificado, por lo que entre todos debemos poner sobre la mesa un cambio atendiendo a los empresarios canarios”, matizó. “En el mejor de los escenarios serán los autónomos los que tengan que asumir la prestación de servicios de las empresas afectadas; en el peor se producirá cierre de negocios y destrucción de empleo en las pequeñas y medianas empresas”, confirmó, ya que estas son las más frágiles y las que conforman la mayor parte de nuestro tejido empresarial. Además, Beatriz Salazar apuntó a la necesidad de que se establezca un sistema de bonificación y ayudas a los agricultores. En resumen, “si no se gestiona esta situación de forma coherente podrían verse afectadas muchas pymes y micropymes en el Archipiélago, ya que son las que tienen mayores limitaciones a la hora de contratar a más personal”, sentenció.

El Gobierno de Canarias ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº187 , de 23 de septiembre 2024, el calendario laboral para el año 2025. Este es el calendario laboral de los días que tendrán durante el año 2025 la consideración de días inhábiles a efectos laborales en la Comunidad Autónoma de Canarias, de carácter retribuido y no recuperable, todos los domingos del año y, asimismo, los siguientes días festivos: 1 enero, Año Nuevo 6 enero, Epifanía del Señor 17 abril, Jueves Santo 18 abril, Viernes Santo 1 mayo, Fiesta del Trabajo 30 de mayo, Día de Canarias 15 agosto, Asunción de la Virgen 1 noviembre, Todos los Santos 6 diciembre, Día de la Constitución 8 diciembre, Inmaculada Concepción 25 diciembre, Natividad del Señor En cada una de la islas, las fiestas laborales serán, además, las siguientes: Lanzarote y La Graciosa: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de Los Volcanes. El Hierro: el 5 de julio, festividad de la Bajada de la Virgen de Los Reyes. Fuerteventura: el 19 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña. Gran Canaria: el 8 de septiembre, festividad de Nuestra Señora del Pino. La Gomera: el 6 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe. La Palma: el 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora de Las Nieves. Tenerife: el 3 de febrero, festividad de la Virgen de la Candelaria. Serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables en el año 2025, hasta dos días con carácter de fiesta local que por tradición sean propias en cada municipio, publicadas en el Boletín Oficial de Canarias nº 238 , de 28 de noviembre 2024. Arrecife 4 marzo - Martes de Carnaval 24 agosto - San Ginés Haría 4 marzo - Martes de Carnaval 24 junio - San Juan San Bartolomé 4 marzo - Martes de Carnaval 25 agosto - San Ginés Teguise 16 julio - Nuestra Señora del Carmen 5 agosto - Nuestra Señora de las Nieves Tías 4 marzo - Martes de Carnaval 24 junio - San Juan Tinajo 4 marzo - Martes de Carnaval 16 agosto - San Roque Yaiza 7 julio - San Marcial de Rubicón 8 septiembre - Nuestra Señora de Los Remedios Domingos y festivos en Lanzarote - apertura de comercios Los 10 domingos y festivos en los que podrán permanecer abiertos al público los comercios en Lanzarote en el año 2025, según lo publicado en el Boletín Oficial de Canaria nº244 , de 9 de diciembre de 2024, son los siguientes: 5 de enero, 17 de abril, 15 de agosto, 15 de septiembre, 1 de noviembre, 6, 8, 14, 21 y 28 de diciembre de 2025. Cada comerciante determinará libremente el horario correspondiente a cada domingo o día festivo en que ejerza su actividad. Descargar en PDF el Calendario Laboral 2025 Lanzarote y La Graciosa Es posible que también te interese consultar el Boletín Oficial del Estado nº 252 , de 18 de octubre de 2024, con la Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2025 .