- Actualizado el 07 de abril 2021 -
El Gobierno de Canarias amplía el plazo de presentación de solicitudes
El Decreto ley 2/2021, de 1 de marzo, tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones dirigidas al mantenimiento de la actividad económica de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas en los sectores más afectados por la crisis derivada de la expansión de la COVID-19. 2.
Se establecen dos líneas de subvenciones:
a) Línea 1: subvenciones destinadas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas sin asalariados.
b) Línea 2: subvenciones destinadas al mantenimiento de la actividad de pequeñas y medianas empresas y personas trabajadoras autónomas con asalariados.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas trabajadoras autónomas y las pequeñas y medianas empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que desarrollen en Canarias, con carácter principal, una actividad económica encuadrada y en situación de alta en alguno de los grupos o epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) que figuran en el Anexo 3; y, tratándose de pequeñas y medianas empresas, tener en Canarias un establecimiento permanente donde se desarrolle la actividad objeto de subvención que hayan sufrido en el segundo semestre de 2020 una reducción igual o superior al 30% en el volumen de facturación respecto al mismo semestre de 2019.
Las subvenciones concedidas no superarán el límite máximo global de 800.000 euros por pyme o personas autónomas en activo. Este límite será de 120.000 euros, en caso de pymes o personas autónomas en activo en el sector de pesca y de 100.000 euros en el de producción primaria de productos agrícolas.
La cuantía de la subvención se obtendrá en función de tres factores:
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, a partir del 10 de marzo de 2021.
Se amplía el plazo hasta el 22 de abril 2021
La presentación de las solicitudes de subvención se realizará de forma electrónica, conforme a los modelos normalizados de solicitud que se incorporan en los Anexos 1 y 2 del presente Decreto ley, que estarán disponibles en la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (https://sede.gobcan.es/sede/) y del Servicio Canario de Empleo (https://sede.gobcan.es/empleo/) y acompañadas, en su caso, de la documentación requerida.
Puedes consultar todos los detalles sobre esta subvención en estos documentos:
ORDEN de 30 de marzo de 2021, por la que se acuerda la ampliación del plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado 1 del artículo 11 del Decreto ley 2/2021, de 1 de marzo, que regula la concesión directa de subvenciones dirigidas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas, de los sectores más afectados por la crisis derivada de la COVID-19.
DECRETO ley 2/2021, de 1 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones dirigidas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas, de los sectores más afectados por la crisis derivada de la COVID-19.
Listado de actividades subvencionables según el grupo o epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) - Anexo 3 de las bases reguladoras - CORREGIDO
El día 8 de marzo 2021, tuvo lugar el seminario web de presentación de las "subvenciones a autónomos y Pymes de los sectores de actividad económica afectados por la propagación de la COVID-19", gestionado por la Dirección General de Promoción Económica (DGPE) del Gobierno de Canarias y se puede ver la grabación del webinar.
Ver los vídeos del webinar: "Subvenciones a autónomos y pymes de los sectores de actividad económica afectados por la propagación del Covid_19"
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