MICROEMPRESAS / AUTOEMPLEO ENTRE 0 Y MENOS DE 3 PERSONAS TRABAJADORAS
Finalidad:
Son subvenciones directas, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado y que se encuentren en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Kit Digital.
Cuantía: Máximo 2.000 €/empresa.
Plazo de solicitud: Entre el 20 de octubre de 2022 al 20 de octubre de 2023.
Beneficiarios: Pequeñas empresas, microempresas y autoempleo entre 0 y menos de 3 personas trabajadoras.
No podrán solicitarla autónomos societarios, ni colaboradores. Tampoco colegios profesionales, sociedades civiles, comunidades de bienes, etc.
Requisitos:
a) Estar dado de alta en censo de empresario/as de la AEAT, con una antigüedad de 6 meses.
b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y Seguridad Social.
c) Disponer de la evaluación de Madurez Digital (web acelerapyme).
d) No tener la consideración de empresa en crisis.
e) No estar incurso en alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
f) No superar el limite de ayudas de minimis.
Procedimiento:
1.- Realizar la evaluación de madurez digital.
2.- Solicitar la subvención (bono digital).
3.- Una vez concedido el bono digital, se deberá seleccionar y contratar las soluciones digitalizadoras disponibles en el Catalogo.
4.- Empresario/a solicitante y el agente digitalizador adherido firmarán la propuesta de acuerdo de prestación de soluciones de digitalización. En los seis meses siguientes al acuerdo de concesión del bono digital se deberá firmar el acuerdo de prestación de soluciones digitalizadoras.
5.- La actividad digitalizadora, tendrá dos fases, a partir de la firma del acuerdo de prestación de soluciones digitalizadoras:
5.1.- Validado el acuerdo de prestación de soluciones digitalizadoras, en el plazo de tres meses se realizará la instalación y desarrollo de las soluciones. Y emisión de la factura por el agente digitalizador.
5.2.- A partir de la emisión de la factura por el agente, en los 12 meses siguientes, ser realizarán labores de mantenimiento de las soluciones y formación al empresario.
6.- La justificación de la subvención se realizará por el agente digitalizador.
Soluciones digitalizadoras que se pueden adoptar:
Importante: Debe tenerse en cuenta que el bono digital (kit digital) subvenciona el primer año de mantenimiento de las soluciones instaladas. A partir del segundo año, serán asumidas por el empresario/a.
Enlaces de interés:
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